miércoles, 11 de marzo de 2015

El Metadato y #pyrawebs

En estos últimos días los medios masivos estuvieron poniendo atención sobre el proyecto de ley "Que establece la obligación de conservar datos de tráfico" que será tratado este jueves en diputados este proyecto tuvo modificaciones el día de hoy, según declaraciones del diputado Bernardo Villalba vemos que:

“Con las modificaciones que proponemos, creemos que se deben determinar los datos que serán resguardados dentro de las proveedoras. Considero que el contenido de las comunicaciones, la intromisión dentro de la vida privada de las personas, como saber en dónde se encuentra a través del servicio de GPS de los teléfonos, o los lugares donde estuvo recorriendo; todo eso forma parte de la vida privada de una persona y para ser revelado, debe haber una autorización judicial previa” 

¿Que es lo que quieren registrar? Simplemente y nada más que:

“a la dirección de IP, origen y destino de la misma, hora y fecha de conexión y desconexión” 

a esto le llaman metadato.

Ahora que es un metadato? Básicamente los metadatos son datos que describen datos. En la práctica esto es describir o definir el dato, por ejemplo Nombre. El dato Nombre es una cadena de caracteres de x tamaño de longitud, no puede contener números, etc.

El metadato simplemente describe o indica la estructura del dato. Pero no contiene el dato en sí, solo contiene información sobre el dato.

Ahora bien si la ley va a obligar a registrar IP origen, IP destino, fecha y hora de conexión, fecha y hora de desconexión realmente no está registrando metadatos, está registrando datos. Veamos un ejemplo de esto.

Supongamos que estamos en el mundo de Orwell paraguayo y que el Senador Arnaldo Giuzzio se conecta a su proveedor de Internet, el proveedor le asigna el IP A al estimado Senador. Luego se ve tráfico en esa conexión, paquetes que van del IP A al IP X en un momento dado. Supongamos ahora que el IP X es un servidor que está en Internet y en este servidor está alojado la página de www.asunsex.com.py.

Inmediatamente después se ve tráfico al IP M y este IP corresponde a www.laisla.com.py y luego se corta la conexión. El proveedor registra:


Origen Destino Fecha Inicio Hora Inicio Fecha Fin Hora Fin
IP A IP X 12/03/2015 01:00 12/03/2015 01:15
IP A IP M 12/03/2015 01:16 12/03/2015 01:19

 ¿Qué podemos sacar de esto? ¿El poder tener este registro y tener la capacidad de analizarlo no me permite ver más allá de eso que mal llaman “metadatos”? lastimosamente sí.

Real y efectivamente no se quieren registrar metadatos, se quieren registrar datos, y estos datos proveen mucha información, que con el correspondiente análisis puede desnudar situaciones íntimas de cualquier paraguayo que utilice Internet. Van a registrar datos íntimos de nuestras vidas, de nuestros movimientos en la red. Van a violentar los derechos humanos y los derechos garantizados en nuestra constitución, derechos de todos los paraguayos y extranjeros que vivan o pasen por el país.

De aprobarse la ley mañana será un día funesto para la democracia en el Paraguay. Aunque también es cierto que por más ley aprobada que exista, se tendrán formas de evitar estos registros. Volveré sobre esto dependiendo del resultado de mañana.

 P.D.: Si cierto mucho mucho tiempo nuevamente deje de escribir en el blog, una vez más prometo volver a escribir cada cierto tiempo.

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