lunes, 13 de abril de 2015

#pyrawebs esta activo (II) #parenpyrawebs

Me compro un auto. 0km nuevito de paquete. Este auto tiene una identificación en el chasis, también tiene una identificación en el motor. (Sí, ya sé que se puede adulterar, dejemos eso a un lado). Para que pueda utilizar este vehículo por las calles y rutas del país tengo que registrarlo para ponerle una chapa (la cédula de identidad del auto). Olvidemos la cola en el registro del automotor, la diferencia entre cédula verde y marrón etc.

Primero, antes que nada, ninguna autoridad registra por donde voy. En qué lugares estaciono, etc. Etc. A las Instituciones solo les interesa si cometí una infracción de tránsito o si generé algún accidente con daño a terceros. Es allí donde con la chapa (la cédula de identidad del vehículo) pueden llegar a identificar al responsable del vehículo. La gran mayoría de las actividades normales funcionan así, o tienen un paralelismo con esta estructura, básicamente se trata de identificar al responsable.

En el caso de los aparatos móviles se tiene más o menos la misma relación cada Smartphone o celular tiene un imei (sería el número de chasis o número de motor), la chapa puede perfectamente ser el IP (que es único en todo el mundo sobre todo si la CONATEL obliga a que los proveedores nos entreguen Internet como debe ser)  el cual puede identificar a un celular y así eventualmente se podrá llegar hasta el responsable del equipo.

¿Por qué debería ser diferente el smartphone que el vehículo? La ley de retención de datos que se pretendió definía un procedimiento diferente. ¿Qué dirías si la Fiscalía o la Policía buscan una ley que obligue a que todos los propietarios de vehículos del país registren la trayectoria que efectúan e inmediatamente envíen eso a un registro central? Espionaje dirás, ¿por qué el Estado quiere que registre mi trayectoria? ¿Qué pasa? si te dicen, no es nio espionaje, nosotros solo vamos a registrar metadatos, la chapa y las coordenadas de donde estacionaste, no vamos a registrar tus conversaciones ni nada.Archivo del Terror 2.0

Esta es más o menos la analogía que se puede realizar respecto a lo que planteaba la ley #pyrawebs y lo que está vigente hoy con la ley de comercio electrónico y otras normas.

Cierto, la ley #pyrawebs no fue aprobada. Pero está vigente la ley de comercio electrónico 4868/2013. Es urgente y necesario que esta ley sea derogada. También está vigente la resolución 1350 /2002 de la CONATEL. Es urgente que la CONATEL cambie esta resolución.

Por ende #pyrawebs está vigente. Y esto señores,  se llama espionaje masivo a la población. Esto es retención de datos. La retención de datos es anticonstitucional. Debe ser penado.


¡Es necesario derogar la ley de comercio electrónico YA!

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